miércoles, 18 de agosto de 2010


Seminario

El rol del derecho
frente a los desastres naturales

Lunes 23 de agosto, 17 hrs., Casa Central PUCV

contacto: ayudantes.der.econ@gmail.com


domingo, 8 de agosto de 2010

Otro cartel: primer uso de la delación compensada


   El 29 de julio recién pasado, la Fiscalía Nacional Económica presentó ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia un requerimiento por colusión en contra las empresas Whirlpool S.A. y Tecumseh Do Brasil Ltda., ambas proveedoras de compresores herméticos de baja potencia para la fabricación de refrigeradores.

   Si bien este caso no ha sido tan mediático como el ocurrido con la colusión de las farmacias hace un tiempo, los compresores constituyen un insumo esencial para la fabricación de equipos de refrigeración, por lo que se ha dañado a la industria nacional de fabricación de refrigeradores de uso doméstico, a los comercios que requieren de equipos de refrigeración y a los consumidores que han adquirido refrigeradores.

jueves, 29 de julio de 2010

Presunto monopolio telecomunicacional en edificios y condominios


El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) envió un oficio para que la Fiscalía Nacional Económica (FNE) inicie una investigación por presunto monopolio en edificios y condominios.

Según el órgano encargado de la protección de los consumidores existirían algunas empresas constructoras e inmobiliarias que al momento de concluir la construcción de un edificio, forman contratos de exclusividad para que dicho edificio tenga sólo un prestador de servicios de televisión por cable, lo que afectaría el derecho a elegir libremente el prestador de servisios de telefonía, internet y televisión. Así, una persona que llega a vivir a un edificio se encuentra cautiva respecto a un sólo prestador de servicio de televisión por cable.

El oficio busca que la FNE se pronuncie sobre la eventual violación a la libre competencia que implicaría esta práctica.

Una de las empresas involucradas ha negado contratos de exclusividad, diciendo que en los contratos se establecen cláusulas que garantizan al usuario la posibilidad técnica de contratar los servicios de telecomunicaciones con otras empresas.

martes, 20 de julio de 2010

Las cláusulas de no competencia. (Acuerdo extrajudicial FNE- SMU)

   Hoy en día, es frecuente encontrar contratos que incluyen cláusulas en cuya virtud se asume la obligación de no competir en un cierto mercado.
   La FNE, a partir de un proceso de adquisiciones por parte de S.M.U. S.A. (Grupo vinculado a Álvaro Saieh) que le permitió posicionarse como el tercer actor a nivel nacional en la industria de supermercados, inició la investigación bajo el Rol N° 1610-09, que tenía por objeto analizar la situación de las cláusulas de no competir incluidas en cada uno de los contratos de adquisición.
SMU, tras el inicio de esta investigación, se acercó a la FNE con el propósito de ajustar todas las cláusulas de no competencia que suscribió en el marco de sus operaciones de adquisición de cadenas de supermercados, lo que se plasmaría finalmente en el acuerdo extrajudicial suscrito entre FNE y SMU con fecha 6 de Julio de 2010.

domingo, 4 de julio de 2010

El fin del FEPCO

En el año 2005, la ley 20.063 creó el denominado “Fondo de estabilización de los precios de los combustibles derivados del petróleo”, cuyo objeto es “atenuar las variaciones de los precios de venta internos de la gasolina automotriz, el petróleo diesel, el gas licuado de petróleo y el kerosene doméstico, motivadas por fluctuaciones de sus cotizaciones internacionales” (art. 1º de la ley). La misma norma estableció su vigencia desde octubre del 2005 hasta el 30 de junio de 2010. De acuerdo a los datos entregados por la Comisión Nacional de Energía, FEPCO mantiene aún US$ 360 millones.
La prensa ya hizo ver a inicios de año, faltando unos meses para el término de vigencia, las consecuencias del término del mencionado fondo. En la última semana se destacó la opinión de los diversos sectores; hay quienes sostienen que actualmente no tiene ningún efecto en el precio; por el contrario, proponen bajar el impuesto a las bencinas y utilizar esos dineros para la reconstrucción, más aún porque la cifra corresponde a más de la mitad de los recursos que el gobierno necesitará en caso de que no prospere el nuevo royalty planteado en el plan de financiamiento.
Otros, en cambio, afirman que ha sido útil para mitigar los impactos de variaciones de corto plazo en los combustibles, sin afectar el traspaso saludable de tendencias de mediano y largo plazos de los precios en los mercados externos.
Habiendo terminado el FEPCO el jueves recién pasado, ¿en qué situación quedamos? El Ministro de Hacienda, Hernán Larraín, sostuvo que seguirá existiendo un sistema de “suavizamiento” de los precios de los combustibles, que durante esta semana será informado.
En cuanto al trasfondo, ¿la solución hacia dónde debe apuntar? ¿Seguir creando mecanismos temporales que paleen este baile de los precios? ¿Idear un mecanismo permanente? ¿Existe esa posibilidad en la situación nacional? Tema que da para una larga discusión.

viernes, 25 de junio de 2010

La Guia del Ingreso Minimo

¿Qué es el ingreso mínimo?
El ingreso mínimo corresponde al monto mínimo de la remuneración que los empleadores del país están obligados por ley a pagar a sus trabajadores como contraprestación a las labores realizadas en vitud de un contrato de trabajo. El fundamento del ingreso mínimo está en la protección de los trabajadores contra remuneraciones indebidamente bajas.
Argumentos a favor del ingreso mínimo.
- Aumenta el poder adquisitivo. Un mayor salario mínimo es beneficioso porque los consumidores potenciales de escasos recursos, que son los que reciben el ingreso mínimo, con un mayor reajuste, pueden comprar más.
- Se protege a los grupos asalariados que se hallan en situacion desventajosa, al garantizarles un mínimo legal de remunaración.
Argumentos en contra del ingreso mínimo.
- Genera desempleo porque aumenta el costo de la manos de obra, incentivando la incorporacion de nueva tecnología que la reemplaza.
- Se crea una disociación entre lo pagado y la productividad real de la mano de obra, distorsionando el mercado del trabajo.
¿Cómo se determina el ingreso mínimo?
Los elementos que deben tenerse en cuenta para fijar el ingreso mínimo son por un lado las necesidades de los trabajadores y de sus familias teniendo en cuenta el nivel general de salarios del país, el costo de vida, de las prestaciones de seguridad social y del nivel de vida relativo de otros grupos sociales. Por otro lado los factores económicos, incluidos los requirimientos del desarrollo económico, los niveles de productividad y la conveniencia de alcanzar y mantener un alto nivel de empleo.
Respecto del elemento costo de vida se considera la inflación y la pérdida del poder adquisitivo de las personas de un año a otro.
¿Cuál es el valor actual del ingreso mínimo en Chile?
La ley Nº 20.359, publicada el 27 de junio de 2009, estableció los valores del ingreso mínimo mensual en $165.000 para los trabajadores mayores de 18 y hasta los 65 años de edad. Un nuevo ingreso mínimo comenzará a regir desde julio de 2010.
¿Existe el ingreso mínimo en otros países?
Si. De hecho la idea nace en los países europeos en el siglo XIX. A continuación se presentan los valores para algunos países:
España 728 euros
Reino Unido 1.010 euros
Francia 1.321 euros
El ingreso se relaciona con dos conceptos íntimamente ligados, la pobreza y la canasta básica.
El ingreso sirve para medir la pobreza, las cifras de pobreza se estiman aplicando el método del ingreso. Éste considera indigente a la población cuyo ingreso per cápita es inferior al costo de una canasta básica de alimentos que permite satisfacer los requirimientos nutricionales derivados de las resomendaciones internacionales.
La canasta básica corresponde a un conjunto de bienes y servicios seleccionados por la autoridad reprecentativos del consumo promedio de los habitantes de un país en un momento determinado. Existen varios tipos de canastas, una es la de alimentos, enfocada a los requierimientos caloricos mínimos que una persona requiere para su subsistencia.
La canasta básica sirve entre otras cosas para medir la inflación o deflación, como una referencia para establecer el salario mínimo y para establecer la línea de la pobreza.
A continuación se presentan los conceptos arriba mencionados junto con datos de Chile y México:
País: Chile
Ingreso mínimo: $165.000
Valor canasta básica: $53.711
Cantidad de canastas posibles de adquirir con un ingreso mínimo: 3 canastas
País: México
Ingreso mínimo:$1.723 pesos mexicanos ($73.327 pesos chilenos)
Valor canasta básica: $1.326 pesos mexicacos ($56.264 pesos chilenos)
Cantidad de canastas posibles de adquirir con un ingreso mínimo: 1.3 canastas

jueves, 17 de junio de 2010

¿Licitar cuotas de pesca?: Lota Protein

¿Licitar las cuotas de pesca en el mercado? ¿Eliminar barreras de entrada a este mercado?
Sobreexplotación, mercado, competencia, Ley de Pesca y más.

La descripción en el Website del TDLC dice:

Lota Protein S.A. consulta respecto del diseño y aplicación del régimen de asignación de cuotas individuales de captura por armador, solicitando a este Tribunal adoptar un conjunto de decisiones que permitan acceder al mercado a nuevos armadores o crecer a los que actualmente participan en él.

En particular, Lota Protein S.A. propone y solicita se disponga la aplicación efectiva y obligatoria de las licitaciones de la cuota global de captura a que se refiere el artículo 27° de la Ley de Pesca, la dictación del Reglamento a a que se refiere dicho artículo y el establecimiento de criterios de adjudicación de esas licitaciones que sean procompetitivos. Además de lo anterior, la consultante solicita que este Tribunal proponga un conjunto de reformas a la Ley de Pesca que contribuyan principalmente a reducir las barreras de entrada.

Actualización: El día 15 de Junio del presente, el TDLC ha declarado la inadmisibilidad de la consulta. (ver fallo adjunto)

Estado de la causa no contenciosa (Consulta) TDLC:

Fallo C.S. Recurso de Protección 2843‑2009, 25/05/2010

Fallo TDLC 15/06/2010:


Tema en la prensa:

Diario Financiero (I, II, III)

jueves, 27 de mayo de 2010

Medida Prejudicial Precautoria en Contra de la Cámara de Comercio de Santiago

Ayer la Fiscalía Nacional Económica presentó una medida prejudicial precautoria en contra de la Cámara de Comercio de Santiago (CCS) para que siga proveyendo a Sistemas Integrados de Información S.A. (SIISA), la base digital del Boletín de Informaciones Comerciales (BIC), de la cual CCS detenta un monopolio, en las mismas condiciones en que lo ha estado haciendo hasta la fecha.
Su fundamento fueron los antecedentes entregados por SIISA a la FNE, que dan cuenta de una carta en la que la CCS le informa a SIISA, sin expresar causa alguna, su voluntad de no renovar el contrato de licencia de uso del BIC, vigente desde hace varios años atrás, salvo que SIISA se desista de un arbitraje en contra de la CCS, y adicionalmente elimine en el nuevo contrato, la cláusula que motiva dicho arbitraje.

Se trata de un caso de en que se analizará el monopolio legal que la CCS tiene respecto del BIC a partir de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº950 del año 1928 del Ministerio de Hacienda y la existencia de una posición dominante en el ámbito de las bases de datos de información comercial.

El TDLC accedió a a presentación y extendió la vigencia del contrato, cuya duración era hasta el lunes próximo, por 25 días hábiles a contar de esa fecha, plazo en el cual la FNE deberá presentar el requerimiento por este caso.

Será un caso interesante de seguir, dadas las consecuencias que su resolución puede acarrear, más aún cuando se encuentra pendiente la idea legislativa de consolidar la información comercial y entregar al Consejo para la Transparencia atribuciones para supervigilar a quienes desarrollan actividades relacionadas con bases de datos personales (boletín 6120-07).

Lea la presentación de la FNE aquí.

Fuente: Comunicado de prensa FNE

domingo, 23 de mayo de 2010

Mensaje a la Nación de S.E. Presidente de la República de Chile

Valparaíso, 21 de mayo de 2010

El crecimiento económico no sólo es el principal motor para crear empleos. Es también el mejor instrumento para financiar los programas sociales, alcanzar el desarrollo, derrotar la pobreza y multiplicar las oportunidades.

Por eso Chile necesita, y con urgencia, volver a crecer. Crecer con fuerza y en forma sustentable. Crecer como crecimos durante gran parte de la década de los 90.

En efecto, en el período de 12 años de vacas gordas, entre el 86 y el 97, Chile creció en promedio al 7.6% anual, duplicando la tasa de crecimiento del mundo; creábamos 150 mil nuevos empleos al año; la formación bruta de capital aumentaba al 13,5% y la productividad de nuestra economía crecía al 2,2% anual.

Desgraciadamente, a partir del 98 las cosas cambiaron, y para mal. Ese año iniciamos un largo período de 12 años de vacas flacas. Nuestra tasa de crecimiento se redujo a menos de la mitad, quedando por debajo del promedio mundial. La creación de empleos cayó a sólo 109 mil por año. El crecimiento de la formación bruta de capital se derrumbó a un tercio. Y en los últimos cuatro años, la productividad, en lugar de crecer, se contrajo, pasando a ser un lastre en vez de un motor del crecimiento. De mantenerse esta tendencia, la meta de alcanzar el desarrollo se postergaría hasta el 2030.
Llegó el momento de recuperar el tiempo perdido y poner a Chile nuevamente en la senda del progreso sólido, sostenido y sustentable, no sólo en lo material, sino también en lo espiritual. Porque eso es progresismo.
Nuestro ingreso per cápita es de US$ 14.000. El umbral que separa al mundo subdesarrollado del desarrollado alcanza hoy a US$ 22.000.

Nuestra meta es crecer al 6% promedio anual, y así alcanzar el desarrollo en 8 años, superando el ingreso per cápita que actualmente tienen países como Portugal o la República Checa.

Para lograrlo, en conjunto con los Ministros de Hacienda y Economía, hemos desarrollado una poderosa agenda pro crecimiento y empleo, que contempla aumentar la inversión desde un 22 a un 28 % del PIB, a través de incentivos tributarios, como la exención del impuesto de primera categoría sobre utilidades reinvertidas para las Pymes, la reducción a la mitad de impuesto de timbres y estampillas, y otras iniciativas que vendrán.

Adicionalmente, estamos creando un mecanismo de ventanilla única para agilizar la creación de empresas, facilitar a los exportadores el acceso a los mercados externos y fortalecer la inversión.
Nuestra agenda incluye también modernizar la ley de quiebras, para facilitar el traspaso de activos desde las empresas fallidas a nuevos emprendimientos y evitar que la quiebra de la empresa signifique la muerte del emprendedor. Incorpora además la creación de 100 mil nuevos emprendimientos en 4 años; y el acceso de las PYMES a las tecnologías de la sociedad del conocimiento. Realizaremos, asimismo, una profunda modernización del mercado de capitales, que hemos denominado MK Bicentenario, y que incluirá perfeccionamientos a las leyes de Bancos y de Valores, así como incentivos para la incorporación de cientos de miles personas y PYMES a los mercados financieros formales.

sábado, 22 de mayo de 2010

Chile desciende tres puestos en el índice de competitividad global




Chile retrocede 10 años en el índice de competitividad mundial del IMD (El Mercurio 20/05/2010 p. B2)

Ampliando.......

Descarga el reporte completo desde el website del World Economic Forum:

EU. Antitrust: Commission fines DRAM producers € 331 million for price cartel; reaches first settlement in a cartel case

The European Commission today (19/05/2010) adopted its first settlement decision in a cartel case involving 10 producers of memory chips or DRAMS used in computers and servers. The fine totalling € 331 273 800 million includes a reduction of 10% for the companies' acknowledgement of the facts.

The addressees of the decision are: Micron, Samsung, Hynix, Infineon, NEC, Hitachi, Mitsubishi, Toshiba, Elpida and Nanya. Micron, however, was not fined because it revealed the existence of the cartel to the Commission. Cartel settlements allow the Commission to speed up investigations, free up resources to deal with other cases and generally improve the efficiency of its antitrust enforcement.

"This first settlement decision is another milestone in the Commission's anti-cartel enforcement. By acknowledging their participation in a cartel the companies have allowed the Commission to bring this long-running investigation to a close and to free up resources to investigate other suspected cartels. As the procedure is applied to new cases it is expected to speed up investigations significantly, said Commission Vice President and Competition Commissioner Joaquín Almunia.

For further information >>click here<<